- A pesar de que la Ley General de Protección Civil sanciona la construcción sin análisis de riesgos y exige el uso de atlas desactualizados en la mayoría de los municipios, la verdadera prevención requiere corresponsabilidad y planeación resiliente antes de autorizar nuevos proyectos.
Cuando se habla de infraestructura en México, la conversación suele girar alrededor de lo mismo: trenes, parques industriales, innovación tecnológica y la lista de prioridades del gobierno en turno. Todo eso importa. Pero hay un dato que no aparece en ninguna maqueta ni en ningún render: el suelo sobre el que construimos y lo que la naturaleza puede hacer con él.
Nos lo recordaron los sismos de septiembre en la Ciudad de México, la sequía que dejó a Monterrey sin agua en 2022 y Otis, que en una sola noche de octubre de 2023 cambió para siempre la cara de Acapulco. En octubre de 2025, las lluvias en Veracruz, Hidalgo, Puebla, Querétaro y San Luis Potosí dejaron al menos 83 personas fallecidas y 17 desaparecidas.
La naturaleza no consulta planes de inversión.
Vivir con el desastre, no esperarlo
El Marco de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030, adoptado en el seno de Naciones Unidas, cambió la pregunta. Ya no basta con saber cómo responderemos cuando llegue la tragedia; hay que asumir que llegará y reducir el riesgo antes de que suceda. La palabra es resiliencia, adoptada desde 2014 en la Ley General de Protección Civil y que la define como la capacidad de una comunidad expuesta para resistir, asimilar, adaptarse y recuperarse de los efectos de un peligro.
La respuesta financiera, sin embargo, tomó otro camino. El FONDEN, fideicomiso que permitía guardar recursos de un año para otro, quedó formalmente extinguido en 2021.
Hoy la atención de desastres depende de un programa presupuestario anual que, como ha señalado el IMCO, no puede ejercerse de forma plurianual.
La ley ya obligaba a los estados a contratar seguros (artículo 18) y a crear un Fondo Estatal de Protección Civil (artículo 66), y algunos municipios, como Playa del Carmen, han aprobado fondos propios. Es un avance, pero un seguro paga la reconstrucción; no impide que la casa vuelva a levantarse en el mismo lugar.
El documento que nadie pide al comprar una casa
Más que una obra física, la prevención requiere un mapa. De acuerdo con la legislación, los atlas de riesgos constituyen el pilar fundamental para guiar las políticas de gestión del riesgo. Por ello, se determina su actualización continua (artículo 19, fracción XXII) y se exige que las autoridades los adopten obligatoriamente para autorizar o rechazar proyectos de construcción, obras de infraestructura o asentamientos humanos (artículo 86).
La realidad es otra. De los 2478 municipios del país, apenas uno de cada cuatro tiene un atlas registrado ante el CENAPRED, y 111 de ellos datan de 2011. En San Luis Potosí, solo dos de 58 municipios cuentan con uno. La propia guía del CENAPRED recomienda actualizarlos cada dos años. Un atlas de hace 15 años describe una ciudad que ya no existe.
Cuando compramos o rentamos una vivienda, preguntamos por la plusvalía, las escuelas cercanas o las vialidades. Casi nadie pregunta si el terreno es inundable o si está sobre una falla. Y cada temporada de lluvias los noticieros muestran a las mismas colonias desalojadas. No es mala suerte: desde el principio no era seguro construir ahí.
La ley no nos permite hacernos los sorprendidos
La Ley General de Protección Civil es más severa de lo que suele pensarse. Su artículo 84 considera delito grave construir, edificar, realizar obras de infraestructura o asentamientos humanos sin un análisis de riesgos y sin la autorización correspondiente. El artículo 90 califica como conducta grave que un servidor público otorgue permisos de uso de suelo sin la aprobación debida. Son normas que deberían estar sobre la mesa en cada proyecto y que casi nunca se mencionan.
Pero no todo le toca al gobierno. La misma ley eleva a principio la corresponsabilidad entre sociedad y gobierno (artículo 5, fracción VII), obliga a la población en general a coadyuvar en la protección civil (artículo 8), impone a toda persona el deber de informar cualquier alto riesgo (artículo 81) y reconoce a quien vive expuesto a un peligro el derecho a saberlo y a participar en su gestión (artículo 41).
La nueva era de la infraestructura no se medirá por los kilómetros de vía que inauguremos, sino por lo que siga en pie después de la próxima tormenta. Somos diminutos frente a la naturaleza; lo que no podemos permitirnos es seguir siendo ingenuos.







