- Ante el nuevo diseño de elección popular, el artículo propone cinco estrategias de mitigación para preservar la independencia judicial: rigor metodológico, reputación técnica, redacción estratégica, aislamiento de la base electoral y consistencia de criterio.
En un trabajo previo, coescrito con Miguel Ángel Córdova Álvarez, planteamos que la magistratura D.D. (después de la democratización) tendería al antiformalismo bajo la forma de un Hércules en esteroides democráticos**.
Ese diagnóstico dejó abierta una pregunta que este artículo intenta responder: si el magistrado electo ya no obtiene su autoridad de la aplicación de la ley, sino de la representatividad de sus decisiones ante el electorado —o ante los patrocinadores—, ¿qué puede hacer para conservar independencia y construir legitimidad en un diseño que erosiona la primera y desplaza la fuente de la segunda?
No pregunto qué debería hacer un magistrado en un mundo ideal, sino qué puede hacer, dado el sistema de incentivos que la reforma construyó.
La Norma frente a la Eficiencia Institucional
La independencia judicial sigue siendo obligación constitucional expresa (por el artículo 17 y el artículo 100 CPEUM) y convencional (por el artículo 8.1 de la Convención Americana).
La norma existe y seguirá existiendo después de la reforma; pero la existencia de la norma no prueba su eficacia.
La independencia judicial ha sido, durante buena parte de nuestra historia institucional, norma válida con eficacia insuficiente.
Lo que teníamos antes de 2024 era la obligación constitucional y una realización contingente, mejor o peor según el grado de fragmentación del poder. Conviene una precisión antes del catálogo: el magistrado electo no dialoga directamente con el electorado; dialoga con los filtros que median entre la sentencia y el votante: prensa, redes sociales, partidos, grupos organizados, comentaristas con audiencia. El electorado general no lee sentencias ni tiene interés en hacerlo; lo que llega al votante es una versión traducida por actores con intereses propios.
El magistrado que quiera conservar independencia no compite por la atención del electorado: compite por el criterio de los intermediarios.
Cinco Estrategias de Mitigación
Ninguna estrategia individual del magistrado electo puede reconstituir la independencia en el sentido fuerte del término. Lo que queda es mitigación: prácticas que permiten al magistrado conservar suficiente distancia frente al electorado para que sus sentencias sigan pareciendo decisiones jurídicas. Creo que hay, cuando menos, cinco estrategias que resisten el análisis:
1. Autoimposición de formalismo metodológico:
El magistrado electo tiene que vincularse públicamente a un método interpretativo previo al caso concreto. Un magistrado que decide bajo reglas transfiere parte del costo de cada decisión a las reglas mismas y le ofrece al intermediario algo para explicar sentencias sin necesidad de reconstruirlas. Esta estrategia funciona solo si el método se declara antes de un caso difícil y se sostiene en los casos fáciles; quien invoca método solo cuando le conviene, queda peor que quien nunca lo invocó.
2. Construcción de una reputación técnica:
La reputación opera como capital porque permite al magistrado gastar legitimidad en sentencias impopulares sin quedar en descubierto. Se construye con auditorios intermedios que sí leen sentencias: academia, foro especializado y prensa jurídica.
El magistrado debe aparecer en esos espacios con trabajo técnico verificable, publicar, participar en debates académicos y responder a la crítica sin descalificarla.
3. Disciplina de la redacción:
El magistrado tiene que producir textos de dos capas, donde la capa técnica resiste la crítica académica y la capa accesible resiste la lectura política. Quien escriba solo para el electorado pierde a la comunidad técnica; quien escriba solo para la comunidad técnica pierde al electorado. Ambas pérdidas comprometen la legitimidad.
4. Aislamiento respecto de la base electoral:
El magistrado tiene interés en mantenerse externo al electorado y a los patrocinadores que apoyaron su candidatura si quiere preservar la capacidad de dictar sentencias contra esa misma base. No basta con no deberle nada a nadie; hay que exhibir que no se le debe nada a nadie declinando invitaciones y rechazando espacios compartidos con operadores políticos.
5. Consistencia de criterio a lo largo del encargo:
Un magistrado independiente se reconoce porque sostiene el mismo criterio técnico cuando el resultado le conviene políticamente y cuando no. La consistencia contra interés propio es la prueba más fuerte de que hay criterio. Esta estrategia se apoya en las anteriores: sin método declarado no hay criterio, sin reputación no hay quien registre la consistencia y sin distancia de la base la consistencia se vuelve imposible.
Las Tres Tentaciones
Conviene nombrar tres riesgos para evitarlos:
- Dictar sentencias para agradar al electorado: Produce aprobación inmediata, pero cada sentencia popular eleva la exigencia de la siguiente.
- Invocar el mandato popular contra la ley: Funciona en el corto plazo, pero normaliza el argumento que otros usarán después en sentido contrario.
- Refugiarse en un formalismo extremo: Parece prudente, pero un tribunal que no decide termina siendo irrelevante, perdiendo así su legitimidad.
El TEPJF como Laboratorio Crítico
El tribunal electoral ocupa una posición singular: el magistrado del TEPJF no solo es electo popularmente, también resuelve impugnaciones contra las elecciones de las que derivan los nombramientos de otros magistrados y, eventualmente, el suyo propio.
La consistencia adquiere aquí un peso decisivo: el tribunal será reconocido como independiente en la medida en que sostenga los mismos estándares frente a casos que benefician y perjudican al oficialismo en turno.
El TEPJF es el laboratorio más exigente del nuevo diseño y, a diferencia de otros tribunales, no tiene margen de ensayo, porque cada sentencia opera al mismo tiempo como acto jurídico y como señal política.
CONCLUSIONES
Hay algo que confesar: hablar de lo que debería hacer un magistrado electo sirve de poco cuando estamos presenciando lo que hacen los jueces, magistrados y ministros electos. Ya no se sabe si pedir independencia. Tal vez sea mucho pedir, y lo único que se requiera a estas alturas sea capacidad técnica y algo de decencia.
** Carrión Delgado, A., & Córdova Álvarez, M. Á. (2024). De las relaciones de Hércules con la ley, después de un ciclo de esteroides democráticos: Sobre la función jurisdiccional electa por voto popular. Paréntesis Legal. https://parentesislegal.com/de-las-relaciones-de-hercules-con-la-ley-despues-de-un-ciclo-de-esteroides-democraticos-sobre-la-funcion-jurisdiccional-electa-por-voto-popular/







