El proceso de designación de la nueva ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación fue ágil pero no se logra una participación de la ciudadanía en este nombramiento.
- El nombramiento no garantiza el ejercicio de los derechos de participación social en la toma de decisiones públicas
El plazo se cumplió. Fue el momento del presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, de proponer a los posibles candidatos a asumir el puesto de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), dado que José Fernando Franco concluirá su encargo el próximo 11 de diciembre de 2021.
Conforme a lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Ejecutivo hizo llegar al Senado de la República la terna de candidatas y candidato para ocupar el cargo los siguientes 15 años: Loretta Ortiz, Celia Maya García y Juan Luis González Alcántara Carrancá.
Las candidatas y el candidato de la terna fueron todos integrantes actuales del Consejo de la Judicatura Federal, ente formalmente judicial que tiene a su cargo la administración y vigilancia del funcionamiento de los órganos de la SCJN. Otra característica que comparten es que son políticamente cercanas y cercano al presidente López Obrador.
El proceso fue ágil. El 16 de noviembre de 2021 fue turnado este asunto a la Comisión de Justicia para su dictaminación, el día 17 fue determinada la metodología para las comparecencias de los integrantes de la terna ante el Senado, el día 18 compareció la terna ante la Comisión de Justicia, la cual en esa misma fecha aprobó el dictamen sobre su elegibilidad. El 19 se dio la discusión de tal dictamen ante el Pleno de la Cámara de Senadores y el 23 la terna compareció ante el Pleno del Senado para formular una exposición (sin oportunidad de recibir preguntas).
Finalmente el 24 de noviembre de 2021, con una votación a favor de 92 votos de los 114 emitidos en el Pleno del Senado, fue designada la próxima ministra de la SCJN, Loretta Ortiz, quien ejercerá funciones a partir del mes de diciembre.
Es ingenuo pretender o sugerir la eliminación del componente político en la designación de un cargo público de tanta relevancia. Esto porque el propio mecanismo de designación precisamente intenta equilibrar el balance de poderes.
Sin embargo, el recuento efectuado de la reciente designación evidencia una celeridad que comúnmente no se advierte al elegir a los titulares de cargos públicos en los que interviene más de uno de los tres poderes.
Si bien, no es recomendable contar con procesos lentos (que parecen comunes en muchos aspectos de la vida pública en México), tampoco se logra advertir una participación de la ciudadanía, ni siquiera del mismo Senado, al menos en esta última designación de la próxima ministra.
No hay normas que garanticen el establecimiento de un procedimiento donde de manera individual o colectiva, la sociedad pueda participar en la propuesta que se envía por el Ejecutivo al Senado, ni en el procedimiento de aprobación en el propio legislativo.
Este derecho de participar activamente en la toma de decisiones y, en particular, en la designación de cargos tan trascendentes en la vida pública, se puede encontrar en la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción y en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Las formas fueron cumplidas en la reciente designación de la próxima ministra. Pero esas formalidades no garantizan el ejercicio de los derechos de participación social en la toma de decisiones públicas de tal relevancia.
El Senado representa a las entidades federativas y no propiamente al pueblo. Por ello que la sociedad no está representada en la designación.
Las anteriores reflexiones invitan a proponer y discutir un nuevo modelo para la elección de ministros de la SCJN que permita a la sociedad, al menos, contar con algún tipo de participación en la elección de quienes resolverán las controversias jurídicas de mayor impacto en el país.