- Jueces, magistrados y ministros participan activamente en plataformas como TikTok, X e Instagram, buscando ganar votos mediante mensajes que, en algunos casos, rozan el populismo, la desinformación y el proselitismo.
Por primera vez en la historia de México este 1 de junio de 2025 se celebrarán elecciones judiciales, marcando un cambio inédito en la configuración del Poder Judicial.
En este nuevo contexto, la participación activa de jueces, magistrados y ministros en redes sociales ha abierto espacios de comunicación e interacción pública que si bien pueden fomentar la transparencia a lo que también se plantean retos éticos, jurídicos y democráticos.
A raíz de las reformas constitucionales que recientemente fueron aprobadas, se estableció la posibilidad de elección directa y/o mecanismos mixtos para diversos cargos dentro del Poder Judicial.
Esta transformación ha generado conflictos entre los principios de transparencia, independencia y ética judicial, mismos que hasta ahora, regían la conducta de los operadores jurídicos desde un modelo más cerrado.
Las redes sociales conocidas como Facebook, Instagram, X y TikTok se han convertido en nuevos foros de exposición pública. En ellos, los aspirantes judiciales difunden videos, publican posturas, responden críticas y buscan convencer al electorado.
Si bien esta presencia digital puede humanizar a los jueces y acercarlos a la ciudadanía, también abre la puerta a dinámicas que comprometen su legitimidad e imparcialidad.
Ante este fenómeno, surge la siguiente pregunta: ¿Hasta dónde puede opinar un juez, magistrado o ministro sobre asuntos con fines políticos o jurídicos en redes sociales sin comprometer su legitimidad?
La respuesta requiere mantener un equilibrio entre el derecho a la libertad de expresión y los deberes éticos e institucionales inherentes a la función judicial.
Si bien los juzgadores no están privados de opinar, deben hacerlo con prudencia y neutralidad.
Lamentablemente, se han observado casos en los que algunos aspirantes judiciales usan las redes para difundir contenido partidista, hacer promoción personal mediante bromas o lenguaje populista, compartir información jurídica incorrecta o engañosa y participar en confrontaciones digitales que afectan la dignidad del cargo.
Estas conductas comprometen principios constitucionales esenciales como la imparcialidad, independencia y apariencia de neutralidad que exige el cargo para su función judicial.
En conclusión, es válido que una persona candidata a un cargo judicial ejerza su libertad de expresión.
Sin embargo, debe hacerlo manteniendo una conducta coherente con su rol institucional, observando su deber de neutralidad y actuando siempre con sobriedad y responsabilidad ética.
Cabe recalcar que el Código de Ética del Poder Judicial de la Federación establece la exigencia de preservar la confianza pública incluso fuera del ámbito estrictamente jurisdiccional.






