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LA REACTIVACIÓN: CUÁNDO Y CÓMO

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junio 20, 2020
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Juan Isidoro Luna Hernández | juan@zarateabogados.com | EcalaLegal A1V2

Resulta incuestionable que para el crecimiento de cualquier país, estado o municipio, es fundamental que el Estado de Derecho se fortalezca día con día, en su función legislativa, jurisdiccional y en la ejecutiva. No basta solamente contar con los ordenamientos jurídicos necesarios para regular los diversos aspectos económicos y sociales de la nación, sino que también los tribunales deben interpretar las leyes con igualdad y justicia para los gobernados.

Y el Poder Ejecutivo debe aplicar todas las normas dentro de sus facultades y atribucio- nes, siempre observando el principio de legalidad, que como sabemos señala que todos los actos de autoridad deben estar fundados y motivados en el derecho vigente.

Como parte indisoluble del Estado de Derecho tenemos uno de sus valores máximos, la seguridad jurídica, la cual junto con la justicia la fragilidad del Estado de Derecho se ha venido demostrando inefablemente con las decisiones y actuaciones que han tomado las autoridades, desde la presidencia de la república y sus secretarías, como los gobernadores y alcaldes.

A pesar de las buenas intenciones, es notoria e incuestionable la falta de coordinación entre los distintos niveles de gobierno, hasta llegar al grado de la contradicción entre lo que se ordena por los distintos niveles jerárquicos.

Desde la toma de acuerdos, bandos, y decretos en donde de inicio es dudosa la legitimidad de los mismos por la falta de competencia y atribuciones de la autoridad que las dicta, hasta la franca inconstitucionalidad de actos como el intentar prohibir el libre tránsito de los ciudadanos, el cierre de empresas y comercios, y las abusivas clausuras sin mediar en ninguno de estos casos, orden debidamente fundada y motivada.

La tardanza en la instalación y toma de medidas extraordinarias del Consejo de Salubridad General, permitió que diversos gobernadores y alcaldes se arrogarán facultades exclusivas de esta autoridad sanitaria, insisto, con buenas intenciones, pero vulnerando el estado de derecho al invadir facultades exclusivas y restringir los derechos ciudadanos.

Fue hasta el 30 de marzo de 2020 cuando se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo por el que se declaró por dicho Consejo como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor.

Y fue publicado en el Diario Oficial de la Federación del 31 de marzo de 2020, el Acuerdo de la Secretaría de Salud por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el CO- VID-19, en el que definen las actividades consideradas esenciales que pueden seguir operando.

Con este acuerdo, se presentó el dilema jurídico para las personas y empresas de prácticamente auto determinar si su negocio o actividad encuadraba en los supuestos de esencialidad señalados, generándose gran confusión, ante la amenaza de multas o clausuras, sumado a la indefinición y falta de res- puesta de parte las autoridades ante las consultas que al efecto se les hicieron por parte de los ciudadanos. Si se hacía la consulta ante la autoridades del trabajo, éstas se declaraban incompententes y remitían al peticionario a las autoridades sanitarias, quienes hacían lo mismo y lo dirigían a las autoridades en materia económica, y al final ninguna respondía, en una total indefinición.

Una vez más, falta de certeza jurídica y por lo tanto vulneración de derechos de los gobernados.

Agravando la precariedad del Estado de Derecho, el 17 de marzo de 2020, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación(SCJN), mediante su Acuerdo General 3/2020, suspendió las actividades jurisdiccionales y habilitó los días que resultasen necesarios para proveer sobre la admisión y suspensión de controversias constitucionales urgentes.

Es decir, aun antes de que se decretase por el Consejo de Salubridad General la emergen- cia sanitaria y la suspensión de actividades no esenciales, el Poder Judicial Federal ya había parado prácticamente toda su actividad de juzgador. Estados de la República emitieron también acuerdos de suspensión judicial, como el caso de Nuevo León, que lo hizo en sus acuerdos del 17 de marzo (5-II/2020) y 14 de abril (7/11/2020), en general siguiendo los

lineamientos de los Acuerdos de la SCJN, suspendiendo actividades y los plazos y términos judiciales.

Además, sumamente discutible el hecho que los juzgados no aprovechasen ese tiempo sin interacción con los litigantes, para agilizar en lo posible, cuando menos, con el rezago en el estudio de expedientes para proyectar sentencias. A los ojos de la comunidad jurídica, ha sido lamentablemente, tiempo perdido.

Sin controvertir la división de poderes y su autonomía, la falta de coordinación entre el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial fue más que evidente, afectando de nuevo la certeza jurídi- ca de los ciudadanos.

En los tiempos de pandemia que estamos viviendo, coincidirán conmigo en que los acuerdos y decretos que se han estado expidiendo por las distintas autoridades de todos los niveles, han propiciado por lo me- nos confusión, se han prestado a múltiples interpretaciones tanto de las mismas autoridades como de los ciudadanos, y han llegado al abuso de la vulneración del Estado de Derecho, al llegar al grado de publicarse en el DOF el día 13 de mayo de 2020, un Acuerdo del Consejo de Salubridad General en el que se incluía como actividades esenciales y por lo tanto con derecho a la reapertura y reinicio de actividades, a la minería, la construcción y la fabricación de equipo de transporte, mismo acuerdo que horas después, increíblmente y con un desaseo jurídico inconcebible, simplemente desapareció de la página oficial de dicho órgano de difusión. Tenemos entonces que ya ni siquiera podemos confiar en las publicaciones del Diario Oficial de la Federación. Vaya aberración.

Si le sumamos a todo este galimatías derivado de la pandemia, a otros actos de autoridad no relacionados con el virus, como la extinción de todos los fideicomisos públicos sin estructura orgánica, el manejo arbitrario y convenenciero de las consultas públicas como en el caso de las autorizaciones para el Tren Maya, la Refinería de Dos Bocas, los cambios de criterios en el Centro Nacional de Control de Energía (CENACE) afectando los derechos de la pujante y necesaria industria de las energías limpias, y el excesivo y arbitrario caso de la cancelación del proyecto de la fábrica de cerveza de la empresa internacional Constellation Brands, hasta donde se sabe, con todos los permisos correspondientes en orden, no hacen más que abonar al debilitamiento del andamiaje jurídico de nuestro país, disuadiendo la inversión nacional y extranjera, minando la creación de empleos, obstruyendo y decreciendo claramente el crecimiento económico, y afectando los derechos fundamentales de la ciudadanía.

Es en verdad preocupante la contradicción que se ha observado por ejemplo en Nuevo León, con avisos de inicios que han emitido los municipios de San Pedro Garza García y Monterrey, con los lineamientos expedidos por el Gobierno Federal y el Gobierno del Estado.

Las buenas intenciones por reactivar la economía y mediando los protocolos de medidas sanitarias que deberán cuidarse, el mensaje de falta de certeza jurídica en el alcance, en los tiempos y en los supuestos, son verdaderos ataques a la Seguridad Jurídica de los ciudadanos.

Las fortalezas de nuestra nación, como lo son su alto grado de apertura comercial a través de los tratados internacionales, su cercanía logística y participación indispensable en las cadenas productivas de la economía más grande del mundo, abundante mano de obra calificada y su plenitud de recursos naturales deben ser aprovechadas para recuperarse de las enormes consecuencias que se tendrán por el paro económico derivado de la pandemia y por los problemas de salud de la población, pero esto no podrá lograrse sin un fortalecimiento de la Seguridad Jurídica. La comunidad jurídica en general, aboga- dos, colegios, universidades, funcionarios de la impartición de justicia, y todo aquel que tenga voluntad y aspiraciones de justicia e igual- dad, debemos estar alertas y comprometidos para buscar reforzar nuestro sistema de leyes y vigilar su cumplimiento para colaborar con la protección de nuestro Estado de Derecho.

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