- El autor analiza las restricciones impuestas por el INE para las campañas de los candidatos a cargos judiciales, enfocándose en las limitaciones en financiamiento, propaganda, participación en medios y uso de redes sociales.
Con las elecciones judiciales a la vuelta de la esquina, ha de recalcarse que uno de los temas que mayor revuelo han causado son las campañas electorales.
Precisamente, las reglas y restricciones que ha determinado el Instituto Nacional Electoral (INE), quien ostentándose como órgano garante de la equidad e imparcialidad en el desarrollo de las campañas electorales, ha emitido diversos acuerdos y lineamientos en los últimos meses respecto a este tema, sin que a la fecha sean tan claras las reglas del juego.
Sin embargo, a través del presente te señalamos de manera puntual las restricciones que deben respetar los candidatos a cargos judiciales este próximo 1 de junio.
RESTRICCIONES CONSTITUCIONALES
-Podrán participar en foros de debate (público, privado o social).
-Prohibido financiamiento público o privado.
-Prohibido la contratación de publicidad en medios de comunicación.
-Prohibido actos de proselitismo por partidos políticos.
-Prohibido precampañas.
-60 días de campaña.
DISPOSICIONES Y ACUERDOS DEL INE
Restricciones en la campaña electoral
-Prohibición de actos masivos y propaganda física:
-Los candidatos no podrán realizar mítines, reuniones y eventos masivos de campaña.
-Únicamente podrán recibir ciudadanos a través de visitas personalizadas a su domicilio, sin ofrecerles alimentos o bebidas.
-No podrán realizar gastos para ello, más allá del equipo de sonido no profesional.
-No se permite el uso de espectaculares ni carteles en espacios públicos, ni la colocación de rotulado en vehículos o perifoneo.
-La única propaganda autorizada serán volantes impresos que deberán ser repartidos por el candidato sin que pueda recibir apoyo para volantero, incluso voluntario.
-Únicamente los candidatos podrán vestir ropa con su nombre y cargo, pero su equipo de apoyo no.
-No podrán alquilar casas de campaña.
-No podrán viajar en vehículos prestados; solo propios.
-Se permite el uso de colores sin restricciones partidistas.
Publicidad en medios de comunicación:
-No pueden comprar espacios en radio, televisión o prensa escrita. Solo pueden aparecer en entrevistas o foros organizados por medios de comunicación sin pago de por medio.
-Uso de redes sociales: Se permite hacer campaña en redes sociales, pero sin el uso de publicidad pagada.
Límites en el financiamiento
Sin financiamiento público: El Estado no puede aportar dinero para sus campañas.
Recursos propios y donaciones:
-Pueden financiarse con dinero propio o aportaciones privadas, pero dentro de los límites establecidos por el INE.
-Todo financiamiento debe ser reportado y fiscalizado.
Prohibición de financiamiento de ciertos sectores:
-No pueden recibir financiamiento de personas, tandas o instituciones no registradas en el sistema financiero mexicano.
Préstamos:
-Pueden solicitar préstamos bancarios personales, tarjetas de crédito o créditos de proveedores.
-Los préstamos deben liquidarse antes del 15 de julio de 2025.
Topes de gastos:
-220 mil pesos para candidatos a jueces,
-413 mil pesos para candidatos a magistraturas,
-881 mil pesos para candidatos a salas regionales
-1.4 millones para candidatos para ministros, integrantes del Tribunal de Disciplina o la Sala Superior del TEPJF.
Restricciones para servidores públicos
-Prohibición de proselitismo en horario laboral: Si el candidato es funcionario público, no puede hacer campaña durante su jornada de trabajo ni utilizar recursos públicos para promover su candidatura.
-No pueden promover la participación en la elección ni realizar reuniones informativas.-El INE es la única autoridad para promocionar el voto: Esto incluye a legisladores y a integrantes del poder ejecutivo, quienes han promovido la elección con discursos parciales.
Participación en debates y foros
Eventos permitidos:
-Pueden participar en debates organizados por el INE o instituciones académicas.
-Se permite la difusión de propuestas en entrevistas en medios de comunicación tradicionales o podcasts en condiciones de equidad, es decir:
-Que se invite a los demás contendientes
-Sea con fines informativos
-No lo haya financiado algún aspirante.
¿QUÉ BUSCA EL INE CON ESTAS RESTRICCIONES?
El INE busca asegurar la equidad, transparencia y legalidad en el proceso electoral, con la idea de que todos los candidatos compitan en condiciones justas y que la ciudadanía reciba información veraz para emitir su voto de manera informada.
Sin embargo, muchas veces lo pretendido no es lo obtenido. Hemos de advertir que limitar a los candidatos a promocionarse vía redes sociales, sin posibilidad de pagar por publicidad, simple y sencillamente arroja la soga al cuello de aquellos candidatos que no son populares, convirtiendo a dicha elección en una que se definirá por morbo y popularidad, no así por calidad.
A diferencia de las elecciones políticas, los puestos judiciales requieren de preparación y de profesionalismo y no siempre la persona más preparada resulta la más popular.
Esta situación claramente deja en una gran desventaja a aquellos candidatos que surgen de la carrera judicial y que han dedicado su labor al servicio público de manera discreta.
Pues imaginemos este escenario: respecto de x candidatura, se encuentra contendiendo por un lado un funcionario con una carrera judicial impecable y del otro, un candidato con cero experiencia jurisdiccional pero famoso en redes sociales.
¿Qué posibilidades tiene el candidato idóneo de darse a conocer en la misma medida en tan solo 60 días? ¿Cómo podrá acercarse a la ciudadanía si está limitado a redes sociales donde no es popular?
Son preguntas válidas que nos llevan a cuestionar las afectaciones que las limitaciones impuestas pueden generar, convirtiendo la elección en una de popularidad más que de calidad.