- En marzo, el Congreso aprobó un paquete de reformas en materia de transparencia, en el que se determina que la Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno asumirá las facultades del INAI, una decisión que ha generado dudas y preocupaciones sobre su impacto en la gestión de la transparencia.
El 31 de enero pasado, la presidenta Claudia Sheinbaum presentó una serie de reformas en materia de transparencia con el objetivo de continuar y materializar la reforma constitucional impulsada por Andrés Manuel López Obrador, que resultó en la desaparición del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Pero, ¿en qué consisten estas propuestas de reforma que fueron aprobadas en marzo por el Congreso federal?
En primer lugar, se propuso la derogación de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que regulaba al extinto INAI. En su lugar, se creará la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, y la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
Además, dentro de este paquete de reformas aprobadas se encuentra la modificación a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para dar cabida a la nueva dependencia encargada de la transparencia: la Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno, que asumirá las facultades del INAI.
También se plantea la creación del órgano «Transparencia para el Pueblo», que se encargará del acceso a la información relacionada con la presidencia de la república.
Con la desaparición del INAI, también se eliminarán los 32 organismos locales estatales homologados al INAI. En su lugar, a nivel federal se crearán 18 nuevas instituciones vinculadas al Ejecutivo Federal, el Legislativo, el Judicial, los sindicatos y los órganos autónomos, una estructura que también se replicará a nivel local.
En cuanto a la protección de datos, se establecerán 16 autoridades de protección de datos, una por cada poder y órgano autónomo a nivel federal, así como para los partidos políticos.
¿Qué pasará con la Plataforma Nacional de Transparencia?
La Plataforma Nacional de Transparencia será administrada por la Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno, e incluirá a 40 instituciones, como el Poder Ejecutivo, la Auditoría Superior de la Federación, el Órgano de Control y Disciplina del Poder Judicial de la Federación, el Archivo General de la Nación y la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones.
A nivel local, habrá 32 subsistemas integrados por el Poder Ejecutivo local, el Legislativo, el Judicial, los Órganos Constitucionales Autónomos y los municipios.
Estas reformas buscan ser el instrumento para materializar la reforma constitucional en materia de transparencia, justificándose como una medida para mantener la transparencia y la protección de datos con menor gasto público.
Sin embargo, a pesar de los argumentos de austeridad republicana, estas medidas generan preocupación respecto a la independencia de los nuevos organismos y la posible falta de contrapesos en el acceso a la información pública.
Aunque no se puede anticipar el funcionamiento de estas nuevas dependencias, es evidente que la desaparición de un órgano autónomo que tardó años en consolidarse representa un retroceso en materia de transparencia gubernamental: ¿Qué confianza en la transparencia pueden tener los ciudadanos si la única institución encargada de entregar la información es la misma que está obligada a hacerlo?
Además, la reforma amplía el rango de información que las autoridades pueden reservar, como materiales o instalaciones nucleares, sistemas tecnológicos, energéticos, espaciales, satelitales, de telecomunicaciones o de defensa operados por el gobierno federal.
También se podrá reservar información a discreción de las autoridades si consideran que ponerla a disposición del público pone en riesgo proyectos estratégicos, como la construcción del Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles o el Tren Maya.
Y se establece que solo se podrá evitar la reserva de información en casos de violaciones a los derechos humanos o actos de corrupción acreditados por un tribunal.
Esta limitación podría haber impedido que se conociera información relevante sobre casos de corrupción como el de Segalmex, cuyo acceso se habría visto restringido bajo la nueva reforma, a pesar de que la ley anterior permitía conocerla aunque no hubiera una resolución judicial.







