lunes, marzo 1, 2021
No Result
View All Result
  • Login
ESCALA LEGAL
  • INICIO
  • EDITORIAL
  • EL PUNTO DE VISTA DE…
  • LEGALTECH
  • NOTICIAS
  • OPINIÓN
  • REPORTAJE
ESCALA LEGAL
No Result
View All Result
Home REPORTAJE
ABC de las Pymes

El ABC legal para constituir una empresa

Priscila Vieyra by Priscila Vieyra
enero 23, 2021
in REPORTAJE
1
0
SHARES
35
VIEWS
Comparte en facebookComparte en Twitter
  • La constitución legal de una sociedad mercantil exige una serie de pasos antes de poner en operación una empresa, un proceso donde se recomienda que sea acompañado por un asesor jurídico para lograr una mayor protección jurídica

La empresa se define por la Real Academia Española como una “unidad de organización dedicada a actividades industriales, mercantiles o de prestación de servicios con fines lucrativos”. 

En términos jurídicos esta unidad de organización se puede dar de varias formas, siendo la más común, la constitución de una sociedad mercantil.

Estas sociedades se encuentran reguladas en la Ley General de Sociedades Mercantiles, en la cual precisamente en su artículo 1º se reconocen las diversas especies. 

La figura tradicional y con mayor utilización en nuestro país es la sociedad anónima, seguida de la sociedad de responsabilidad limitada. 

También te puede interesar

Mujeres: por mí y por ellas

Mujeres, retos y liderazgo femenino

La esperanza de una vacuna

Es este punto, el de la elección del tipo de sociedad, lo que se considera como el primer paso para poner tu empresa en operación. 

DESTACADO

Para elegir el tipo de sociedad, entre la sociedad anónima o la sociedad de responsabilidad limitada,  es recomendable acudir con tu asesor legal para valorar la más adecuada para tus necesidades y objetivos

Para elegir el tipo de sociedad es recomendable acudir con tu asesor legal, pues para ello inciden varios aspectos.

Los más importantes son: 

  • La flexibilidad de la entrada y salida de los socios o accionistas.
  • La forma de organización.
  • El alcance de la responsabilidad. 
  • La actividad económica pretendida. 

 

Una vez definido el tipo de sociedad, lo que sigue es acudir al fedatario público, que puede ser un notario o un corredor público. 

Lo anterior, no es obligatorio para la especie de sociedad mercantil más reciente, la sociedad por acciones simplificada, ya que tiene un procedimiento de constitución especial. 

Por su parte, los fedatarios solicitarán a los comparecientes definir opciones de denominación o razón social, las cuales no tienen que ser forzosamente el nombre de tu negocio o siquiera tener relación con él. 

Se requiere solicitar varias opciones puesto que se someten a la autorización de la Secretaría de Economía. 

Además de la denominación, requerirán la definición del objeto social, con relación a ello es preciso comentar que las sociedades mercantiles pueden realizar todos los actos de comercio necesarios para el cumplimiento de su objeto social, salvo lo expresamente prohibido por la Ley y los estatutos sociales. 

Así es que, si hay alguna actividad de importancia para tu sociedad, verifica que esté contenida dentro de su objeto. 

Por otro lado, el domicilio de la sociedad es un punto a definir, así como la duración y la admisión o exclusión de extranjeros. 

En el domicilio es en donde forzosamente se reunirá la asamblea para la toma de decisiones, a menos que surja una cuestión de caso fortuito o de fuerza mayor que lo impida.

La duración de la sociedad va de la mano con la permanencia del negocio, cuestión por la cual es posible establecer una duración indefinida. 

En lo que respecta a la admisión o exclusión de extranjeros, se deberá de evaluar si en algún punto la sociedad requerirá de capital proveniente de personas extranjeras, de ser afirmativo, se incluirá que es posible la incorporación de accionistas de otras nacionalidades.

DESTACADO

Otro aspecto importante a definir es el importe del capital social. Para la sociedad anónima, no existe un importe mínimo, por lo que los accionistas podrán constituir su empresa con el importe que mejor les convenga.

La importancia del Capital Social al constituir una empresa

Otro aspecto importante a definir es el importe del capital social. Para la sociedad anónima, no existe un importe mínimo, por lo que los accionistas podrán constituir su empresa con el importe que mejor les convenga. 

Además de suscribir el capital, es recomendable pagarlo en su totalidad al momento de su constitución, ya que aún y cuando esto no es obligación para este tipo social se recomienda puesto que de no pagar las acciones en la forma convenida, se podrá tomar acción en contra del accionista moroso y se podrá llegar a declarar la extinción de sus acciones por la vía judicial. 

Ahora bien, definiendo el importe del capital social, se procederá a asignar el valor nominal de las acciones, seguido de la distribución de las mismas según el número de accionistas y sus porcentajes de participación en la empresa. 

Siguiendo con la sociedad anónima, se procederá a determinar a la persona o personas que asumirán el cargo de la administración y el cargo de la vigilancia. Para la sociedad tradicional, cabe la posibilidad de que sólo sea un administrador o bien, más de uno, estableciendo un consejo. 

En cuanto a la vigilancia, se deberá de asignar a uno o varios comisarios. 

Para concluir con la asignación de cargos en la empresa habrá que determinar si desde el acto constitutivo se nombran apoderados, ya sea a los mismos accionistas o a terceras personas. 

La administración por disposición de Ley tiene la representación legal de la empresa, y por su parte el comisario se ve impedido para ser apoderado.

Por último, se solicitarán los datos generales de quienes firman el acta y se coordinará la firma, a fin de proceder a su inscripción en el Registro Público de Comercio y obtener su personalidad jurídica distinta a la de los socios o accionistas. 

Si así se acordó con el fedatario, éste puede llevar a cabo el alta en el Registro Federal de Contribuyentes, entregando a los accionistas al término de este proceso: el acta constitutiva, con sus datos de inscripción en el Registro Público de Comercio y con su clave del RFC. 

Contando la empresa con RFC, el siguiente trámite a realizar es la obtención de la E.FIRMA a fin de que la sociedad pueda comenzar a facturar la venta de sus productos o servicios, y de esta forma estar en operación. 

Tags: asesor legalCapital socialconstitución de una empresaconstituir empresas en Méxicoe.firmaempresasempresas en MéxicoPymesRFC
Previous Post

La esperanza de una vacuna

Next Post

Innovar para Sobrevivir

Priscila Vieyra

Priscila Vieyra

Te recomendamos

perfiles de mujeres que destacan
REPORTAJE

Mujeres: por mí y por ellas

by Mariana Recamier
febrero 26, 2021
Mujeres, retos y liderazgo femenino
REPORTAJE

Mujeres, retos y liderazgo femenino

by escalalegal
marzo 1, 2021
vacuna
REPORTAJE

La esperanza de una vacuna

by escalalegal
enero 23, 2021
política nacional
REPORTAJE

Hacia la elección más grande

by escalalegal
noviembre 28, 2020
laboral escala legal
REPORTAJE

Tiempo de Cambio

by escalalegal
noviembre 28, 2020
Next Post
innovar para sobrevivir Escala Legal

Innovar para Sobrevivir

Comments 1

  1. Pingback: Mujer, ¿Cómo proteger tu marca y evitar el plagio? | ESCALA LEGAL

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

No Result
View All Result

EscalaLegal Descargar

Icono

Escala Legal Febrero 2021

Descargar
125 downloads20.62 MB

Entradas recientes

  • Claudia de Buen asume como presidenta de la BMA
  • Sofía Wohler Vázquez: ¿Qué tanto quieres el éxito?
  • El reto de ser mujer, abogada y madre en una empresa
  • Mujeres: Ir sin miedo y jamás rendirse
  • Actitud de servicio como filosofía de vida

Enero mes de las PyMES

https://youtu.be/GO3-DmpZJYM
Facebook Twitter Instagram LinkedIn Youtube
ESCALA LEGAL

Escala Legal

Publicación Legal

Revista de temas legales de Zárate Abogados publicada mensualmente

Categorías

  • EDITORIAL
  • EL PUNTO DE VISTA DE…
  • ENTREVISTA
  • LEGALTECH
  • NOTICIAS
  • OPINIÓN
  • REPORTAJE
  • Uncategorized

Entradas recientes

  • Claudia de Buen asume como presidenta de la BMA
  • Sofía Wohler Vázquez: ¿Qué tanto quieres el éxito?
  • El reto de ser mujer, abogada y madre en una empresa
  • Mujeres: Ir sin miedo y jamás rendirse
  • Actitud de servicio como filosofía de vida

© 2021 Hecho por ZarateAbogados.com

No Result
View All Result
  • Inicio Escala Legal

© 2021 Hecho por ZarateAbogados.com

Welcome Back!

Login to your account below

Forgotten Password?

Create New Account!

Fill the forms bellow to register

All fields are required. Log In

Retrieve your password

Please enter your username or email address to reset your password.

Log In